Última actualización: Miércoles, 08 Noviembre 2023, 23:24 GMT

ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC)

El Comité de los Derechos del Niño (CRC por sus siglas en inglés) está formado por un grupo de expertos independientes que monitorean la implementación de la Convención y sus Protocolos Facultativos, por los Estados parte. Todos los Estados partes tienen la obligación de presentar informes periódicos al Comité sobre cómo se están aplicando los derechos. Los Estados deben presentar un informe inicial dos años después de su adhesión a la Convención y, posteriormente, cada cinco años. El Comité examina cada informe y comunica al Estado parte sus preocupaciones y recomendaciones en forma de “observaciones finales”.  Sitio web: www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/CRCIndex.aspx
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Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 12, párrafo 1, del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía : Observaciones finales : Belarús

8 Abril 2011 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Observaciones Finales

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al párrafo 1 del artículo 12 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía : Informes iniciales que los Estados partes debían presentar en 2004 : Belarús

2 Julio 2010 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

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