Vías Complementarias
Las vías complementarias son vías seguras y reguladas que complementan el reasentamiento de las personas refugiadas y por las cuales pueden ser admitidas en un país y cumplir con sus necesidades de protección internacional mientras pueden apoyarse a sí mismas para alcanzar una solución sostenible y duradera. No solo ofrecen a las personas refugiadas alternativas a medios irregulares y a rutas peligrosas, sino que también pueden facilitar la adquisición y retención de habilidades que pueden ayudar a las personas refugiadas a lograr una solución sostenible en el futuro.
Las vías complementarias no pretenden sustituir la protección otorgada a las personas refugiadas bajo el régimen de protección internacional, incluso a través del reasentamiento, más bien la complementan y sirven como una expresión importante de solidaridad mundial y de cooperación internacional, además de contribuir al reparto más equitativo de las responsabilidades de protección de las personas refugiadas.
Las vías complementarias deben diseñarse e implementarse cuidadosamente de manera que garanticen los derechos de las personas refugiadas y las continuas necesidades de protección internacional. El ACNUR trabaja con los Estados, la sociedad civil, el sector privado, la academia, las organizaciones gubernamentales y las personas refugiadas para identificar, establecer y ampliar vías complementarias de admisión a terceros países que cumplan con la contínua necesidad de protección internacional de las personas refugiadas
Las vías complementarias de admisión pueden incluir uno o la combinación de los siguientes puntos:
- Programas de admisión humanitaria, que proporcionan a las personas que necesitan protección internacional una protección efectiva en un tercer país;
- Patrocinio comunitario de refugiados, que permite a individuos, grupos de individuos u organizaciones participar directamente en los esfuerzos de admisión de personas refugiadas al proporcionar apoyo financiero, emocional, social y/o de asentamiento para ayudar a los refugiados recién llegados a integrarse en un tercer país;
- Visas humanitarias, que a menudo se utilizan para admitir a personas que necesitan protección internacional en un tercer país donde se les da la oportunidad de solicitar formalmente la condición de refugiado;
- Reunificación familiar para los miembros de la familia, incluyendo a los miembros de la familia extendida;
- Esquemas de movilidad laboral, gracias a los cuales una persona puede ingresar o permanecer en otro país a través de vías seguras y reguladas para fines de empleo, con el derecho a la residencia permanente o temporal;
- Programas educativos, que incluyen becas, pasantías y programas de aprendizaje privados, comunitarios o institucionales;
- Otras vías seguras y reglamentadas, además de las mencionadas, se pueden utilizar para admitir a personas refugiadas en terceros países.
Una caracteristica particular de las vías complementarias es que las personas refugiadas pueden acceder a ellas directamente, haciendo uso de la información pública que se encuentra disponible y de los mecanismos administrativos existentes, y de este modo asegurar sus propias soluciones. Esto ya está sucediendo sin la ayuda de los actores humanitarios. Cada año, personas refugiadas y personas elegibles para la protección internacional utilizan para cruzar fronteras vías que, a pesar de estar a su alcance, no se crearon con el propósito de asistir a las personas refugiadas. Sin embargo, otras personas que podrían ser elegibles para hacer lo mismo, a veces encuentran obstáculos legales, administrativos y prácticos.
Las vías complementarias deben formar parte de un enfoque progresivo de soluciones, con la protección y el avance continuo hacia un mayor disfrute de los derechos legales, civiles, políticos, económicos, culturales y sociales para las personas refugiadas que se benefician de posibles oportunidades en terceros países.
Documentos de referencia
- Vías complementarias para la admisión de refugiados en terceros países: Consideraciones clave - Abril de 2019 (disponible también en inglés, francés, árabe y ruso)
- Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes de 19 de septiembre de 2016 y su Anexo Marco de Respuesta Integral para los Refugiados (CRFF)
- Pacto Mundial sobre los Refugiados
- UNHCR Written Contribution to the Public Consultation on the European Union’s (EU) legislation on the legal migration of non-EU citizens (Fitness Check on EU legal migration legislation), 2017 (en inglés)
- UNHCR, Global Responsibility Sharing through Pathways for Admission of Syrian Refugees, March 2016 (en inglés)
- Conclusión del Comité Ejecutivo sobre la cooperación internacional desde una perspectiva de protección y de soluciones, No. 112 (LXVII) 2016
- Conclusión sobre los documentos de viaje de lectura mecánica para los refugiados y los apátridas, No. 114 (LXVIII) 2017
- Informe del Comité Permanente sobre su 66 reunión (21 a 23 de junio de 2016). A/AC.96/1162
Educación
- UNHCR, Higher education consideration for refugees affected by the Syria and Iraqi crisis, May 2015 (en inglés)
Reunificación Familiar
- UNHCR, Family reunification in Europe, 2015 (en inglés)
- Nota informativa sobre Protección Infantil: Búsqueda y reunificación familiar, 2016 (en inglés)
Movilidad Laboral
- ILO, The access of refugees and other forcibly displaced persons to the labour market, 2016 (en inglés)
- ILO recommendation 205, Concerning employment and decent work for peace and resilience, 16 June 2017 (en inglés)