Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

CIDH otorga medidas cautelares a favor de Comité de Víctimas de La Saline en Haití

Fuente Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Fecha de publicación 29 Enero 2020
Referencia 017/20
Citar como Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), CIDH otorga medidas cautelares a favor de Comité de Víctimas de La Saline en Haití, 29 Enero 2020, disponible en esta dirección: https://www.refworld.org.es/docid/5e3305744.html [Accesado el 12 Octubre 2022]
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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 31 de diciembre de 2019 la Resolución 65/2019, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de los integrantes del Comité de Víctimas de La Saline, en Haití, al constatar que enfrentaban un riesgo grave y urgente de daño irreparable.

La Comisión advirtió que los beneficiarios seguían siendo objeto de amenazas, hostigamientos y actos de violencia, con motivo de las denuncias interpuestas y la continuidad de sus reclamos a fin de exigir justicia por los hechos presuntamente ocurridos el 13 de noviembre de 2018, en el que decenas de personas resultaron asesinadas y heridas como consecuencia de un ataque perpetrado por grupos armados en el barrio de La Saline, en la capitalina Puerto Príncipe.

Tras analizar la información disponible, y a raíz de los testimonios recogidos en el marco de la visita in loco efectuada del 16 a 21 de diciembre de 2019, la Comisión consideró que se encontraba suficientemente justificado el cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 25 de su Reglamento. Por lo tanto, solicitó a Haití que: a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los integrantes del Comité de Víctimas de La Saline; b) adopte las medidas necesarias para garantizar que los beneficiarios puedan desarrollar sus labores como defensores de derechos humanos sin ser objeto de amenazas, hostigamientos o actos de violencia en el ejercicio de sus funciones; c) concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; y d) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así prevenir su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos aplicables.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

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