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Determinación de la condición de refugiado (RSD) / Tercer país seguro

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Comentarios del ACNUR sobre la Propuesta de la Comisión Europea para la reforma del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos para la determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o por un apátrida ("Dublín II") (COM(2008) 820, de 3 de diciembre de 2008) y la Propuesta de la Comisión Europea para la reforma del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento del sistema « Eurodac » para el cotejamiento de huellas dactilares para la aplicación efectiva del (Reglamento de Dublín II) (COM(2008) 825, de 3 diciembre de 2008)

18 Marzo 2009 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Compilaciones

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