Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR)

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés) se estableció en virtud de la resolución 1985/17, de 28 de mayo de 1985, del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) para desempeñar las funciones de supervisión del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC) asignadas a este Consejo en la parte IV de la Convención. Todos los Estados Partes deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se ejercitan esos derechos. Inicialmente, los Estados deben presentar informes a los dos años de la aceptación del Pacto y luego cada cinco años. El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado Parte en forma de "observaciones finales".  Sitio web: www2.ohchr.org/english/bodies/cescr/
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examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 16 del Pacto : Respuestas proporcionadas por el Gobierno de Bolivia a la lista de cuestiones (E/C.12/BOL/Q/2) que deben abordarse respecto del examen de los informes periódicos combinados segundo, tercero y cuarto en relación con los artículos 1 a 15 del Pacto (E/C.12/BOL/2)

30 Abril 2008 | Fuente: ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

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