Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR)

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés) se estableció en virtud de la resolución 1985/17, de 28 de mayo de 1985, del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) para desempeñar las funciones de supervisión del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC) asignadas a este Consejo en la parte IV de la Convención. Todos los Estados Partes deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se ejercitan esos derechos. Inicialmente, los Estados deben presentar informes a los dos años de la aceptación del Pacto y luego cada cinco años. El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado Parte en forma de "observaciones finales".  Sitio web: www2.ohchr.org/english/bodies/cescr/
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Observaciones finales sobre el tercer informe periódico del Japón, aprobadas por el Comité en su 50º período de sesiones

10 Junio 2013 | Fuente: ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) | Tipo de documento: Observaciones Finales

Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales : Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el tercer informe periódico del Japón en relación con los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales : Japón

8 Junio 2012 | Fuente: ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) | Tipo de documento: Informe de País

Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales : Tercer informe periódico presentado por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto : Japón

16 Mayo 2011 | Fuente: ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

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