Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR)

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés) se estableció en virtud de la resolución 1985/17, de 28 de mayo de 1985, del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) para desempeñar las funciones de supervisión del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC) asignadas a este Consejo en la parte IV de la Convención. Todos los Estados Partes deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se ejercitan esos derechos. Inicialmente, los Estados deben presentar informes a los dos años de la aceptación del Pacto y luego cada cinco años. El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado Parte en forma de "observaciones finales".  Sitio web: www2.ohchr.org/english/bodies/cescr/
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Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones : Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial y el segundo informe periódico combinados de Djibouti (E/C.12/DJI/1-2)

11 Junio 2013 | Fuente: ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) | Tipo de documento: Informe de País

Informe inicial y segundo informe periódico combinados presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales : Djibouti

2 Noviembre 2012 | Fuente: ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

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