Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC)

El Comité de los Derechos del Niño (CRC por sus siglas en inglés) está formado por un grupo de expertos independientes que monitorean la implementación de la Convención y sus Protocolos Facultativos, por los Estados parte. Todos los Estados partes tienen la obligación de presentar informes periódicos al Comité sobre cómo se están aplicando los derechos. Los Estados deben presentar un informe inicial dos años después de su adhesión a la Convención y, posteriormente, cada cinco años. El Comité examina cada informe y comunica al Estado parte sus preocupaciones y recomendaciones en forma de “observaciones finales”.  Sitio web: www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/CRCIndex.aspx
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Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al párrafo 1 del artículo 12 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía : Informes iniciales que los Estados partes debían presentar en 2005 : Argentina

11 Marzo 2010 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 44 de la Convención : Informes periódicos tercero y cuarto que los Estados Partes debían presentar en 1997 : Pakistán

19 Marzo 2009 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

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