Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC)

El Comité de los Derechos del Niño (CRC por sus siglas en inglés) está formado por un grupo de expertos independientes que monitorean la implementación de la Convención y sus Protocolos Facultativos, por los Estados parte. Todos los Estados partes tienen la obligación de presentar informes periódicos al Comité sobre cómo se están aplicando los derechos. Los Estados deben presentar un informe inicial dos años después de su adhesión a la Convención y, posteriormente, cada cinco años. El Comité examina cada informe y comunica al Estado parte sus preocupaciones y recomendaciones en forma de “observaciones finales”.  Sitio web: www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/CRCIndex.aspx
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Respuestas proporcionadas por escrito por el Gobierno de Túnez a la lista de cuestiones (CRC/C/OPAC/TUN/Q/1) que deben abordarse al examinar el informe inicial de Túnez presentado de conformidad con el párrafo 1 del artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/TUN/1)

17 Diciembre 2008 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 44 de la Convención : Tercer informe periódico que los Estados partes debían presentar en 2004 : Túnez

10 Noviembre 2008 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

Informe inicial que los Estados Partes debían presentar en 2005 : Túnez

30 Agosto 2007 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

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