Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC)

El Comité de los Derechos del Niño (CRC por sus siglas en inglés) está formado por un grupo de expertos independientes que monitorean la implementación de la Convención y sus Protocolos Facultativos, por los Estados parte. Todos los Estados partes tienen la obligación de presentar informes periódicos al Comité sobre cómo se están aplicando los derechos. Los Estados deben presentar un informe inicial dos años después de su adhesión a la Convención y, posteriormente, cada cinco años. El Comité examina cada informe y comunica al Estado parte sus preocupaciones y recomendaciones en forma de “observaciones finales”.  Sitio web: www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/CRCIndex.aspx
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Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención : Informes periódicos tercero y cuarto combinados que los Estados partes debían presentar en 2008 : India

22 Julio 2013 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informes de Estados Parte

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 12, párrafo 1, del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía : Informes iniciales que los Estados debían presentar en 2007 : India

7 Mayo 2013 | Fuente: ONU: Comité de los Derechos del Niño (CRC) | Tipo de documento: Informe de País

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