Última actualización: Martes, 20 Septiembre 2022, 22:12 GMT

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados fue establecida el 14 de diciembre de 1950 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. La agencia tiene el mandato de dirigir y coordinar la acción internacional para la protección de los refugiados a nivel mundial. Su objetivo principal es salvaguardar los derechos y el bienestar de los refugiados, garantizar que todos puedan ejercer el derecho a solicitar asilo en otro Estado y a disfrutar de él, identificar soluciones duraderas para los refugiados, tales como la repatriación voluntaria en condiciones dignas y seguras, la integración en la sociedad de acogida o el reasentamiento en un tercer país. El ACNUR también tiene el mandato de ayudar a las personas apátridas en todo el mundo. En más de cinco décadas el ACNUR ha ayudado a varios millones de personas a reiniciar sus vidas. Hoy, con un equipo de unas 9.700 personas en 126 países, sigue ayudando y brindando protección a más de 60 millones de personas refugiadas, retornadas, desplazadas internas y apátridas en todo el mundo. Sitio web: www.acnur.org Sitio web: www.unhcr.org
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Posición del ACNUR sobre la designación de Libia como tercer país seguro y lugar seguro a los efectos del desembarco de personas rescatadas en el mar

Septiembre 2020 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Informe de País

ACNUR: Vías complementarias para la admisión de refugiados en terceros países. Consideraciones clave. Abril de 2019

Abril 2019 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Directrices Temáticas

Libia: Posición de ACNUR sobre los retornos a Libia (actualización II)

Septiembre 2018 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Documento sobre un País/Situación Específica

ACNUR: Consideraciones legales sobre el acceso a la protección y la relación entre las personas refugiadas y el tercer país en el contexto del retorno o traslado a terceros países seguros

Abril 2018 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Documentos de Políticas/Posiciones

Consideraciones sobre protección internacional con respecto a la situación en Ucrania

5 Marzo 2014 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Documento sobre un País/Situación Específica

Comentarios del ACNUR sobre la Propuesta de la Comisión Europea para la reforma del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos para la determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o por un apátrida ("Dublín II") (COM(2008) 820, de 3 de diciembre de 2008) y la Propuesta de la Comisión Europea para la reforma del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento del sistema « Eurodac » para el cotejamiento de huellas dactilares para la aplicación efectiva del (Reglamento de Dublín II) (COM(2008) 825, de 3 diciembre de 2008)

18 Marzo 2009 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Compilaciones

Comentarios del ACNUR sobre la Propuesta de la Comisión Europea para la reforma del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos para la determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o por un apátrida ("Dublín II") (COM(2008) 820, de 3 de diciembre de 2008) y la Propuesta de la Comisión Europea para la reforma del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al establecimiento del sistema «Eurodac» para el cotejamiento de huellas dactilares para la aplicación efectiva del [Reglamento de Dublín II] (COM(2008) 825, de 3 diciembre de 2008)

18 Marzo 2009 | Fuente: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) | Tipo de documento: Comentarios

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