Título Directrices sobre protección internacional no. 3: Cesación de la condición de refugiado bajo el artículo 1C (5) y (6) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados (Las cláusulas de "desaparición de las circunstancias")
Versión en inglés Directrices sobre protección internacional no. 3: Cesación de la condición de refugiado bajo el artículo 1C (5) y (6) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados (Las cláusulas de "desaparición de las circunstancias")
Fuente Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)
Fecha de publicación 10 Febrero 2003
Temas Cláusulas de cesación | Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados
Cita HCR/GIP/03/03
Citar como Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Directrices sobre protección internacional no. 3: Cesación de la condición de refugiado bajo el artículo 1C (5) y (6) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados (Las cláusulas de "desaparición de las circunstancias"), 10 Febrero 2003, HCR/GIP/03/03, disponible en esta dirección: https://www.refworld.org.es/docid/57f76bbd3a.html [Accesado el 1 Octubre 2022]