Derechos de los Refugiados y Solicitantes de Asilo


Non-refoulement

Los refugiados y solicitantes de refugio no pueden ser devueltos o expulsados a un país donde sus vidas o su integridad física corren el riesgo de ser violados y en ningún caso serán devueltos a su país de origen. El reconocimiento del estatuto de refugiado también interrumpe cualquier proceso de extradición e impide la expulsión del refugiado, salvo por razones de seguridad nacional o orden público. Si se le procesa y se enfrenta a un procedimiento de extradición o expulsión, tiene derecho a asistencia legal gratuita, proporcionada por un Defensor Público Federal (DPU).


No penalización

Mientras se analiza su solicitud de asilo, los solicitantes de refugio tienen el derecho de no ser investigados ni multados por su entrada irregular en el territorio brasileño.


No discriminación

Nadie puede tener sus derechos restringidos debido a su color de piel, género, edad, orientación sexual, situación social, condiciones económicas o religión. El racismo es un crimen en Brasil.

Para más información, consulte la Sección Racismo y Xenofobia.


Asistencia legal

Los refugiados y los solicitantes de refugio tienen derecho a asistencia legal gratuita en determinadas condiciones.

Para más información sobre asistencia legal, por favor clic aquí.


Trabajo

Los refugiados tienen derecho obtener la Cartera de Trabajo, lo que les permite trabajar formalmente en el país. Tienen derecho a los mismos derechos laborales que cualquier otro trabajador en Brasil. Es importante señalar que Brasil prohíbe a los niños menores de 16 años trabajar y también prohíbe la explotación sexual y el trabajo en condiciones similares a la esclavitud.

Para más información sobre este tema, por favor clic aquí.


Protección contra la violencia sexual o de género

En Brasil, hombres y mujeres tienen los mismos derechos. Así, toda forma de violencia contra la mujer, basada en la identidad de género o la orientación sexual, es delito. Las mujeres víctimas de la violencia tienen derecho a recibir asistencia médica y denunciar el acto delictivo a través de la línea directa 180 o acudiendo a comisarías especializadas en la lucha contra la violencia contra la mujer.

Para más información, por favor clic aquí.


Salud

Los refugiados, como cualquier otro extranjero, pueden y deben ser asistidos en cualquier hospital público o centro de salud en territorio nacional.

Para más información sobre el acceso a los servicios de salud, por favor clic aquí.


Educación

Los refugiados tienen derecho a asistir a las escuelas públicas – escuelas básicas, intermedias o secundarias – así como a participar en programas públicos de formación profesional y técnica. Los refugiados también pueden acceder a instituciones de educación superior que acceden a los mismos procedimientos que los ciudadanos brasileños o a través de programas de admisión específicamente diseñados para la población de refugiados en Brasil.

Para más información sobre educación, por favor clic aquí.


Flexibilidad en cuanto a los documentos requeridos por el país de origen

De acuerdo con el artículo 43 de la Ley de Refugios de Brasil, las instituciones brasileñas deberían considerar la dificultad de los refugiados para obtener y presentar documentos expedidos en sus países de origen y / o representaciones consulares y diplomáticas.


Libertad de movimiento

Los refugiados y solicitantes de asilo tienen derecho a circular libremente por todo el territorio brasileño.


Documentación

Los refugiados reconocidos en Brasil tienen derecho a obtener la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (CIE / RNE); Un permiso de trabajo definitivo (CTPS); Un Número de Contribuyente Individual Brasileño (CPF) y un documento de viaje.

Los solicitantes de asilo tienen derecho a obtener el Protocolo Provisorio válido por un año y renovable por el mismo período; Un permiso de trabajo temporal (CTPS) cuyas fechas de vencimiento son las mismas que las del protocolo, así como un número de impuesto brasileño (CPF).

Para más información, clic aquí.


Residencia permanente

Los refugiados reconocidos en Brasil pueden solicitar la residencia permanente después de 4 (cuatro) años en el país, contando desde la fecha del reconocimiento de su condición de refugiado. También puede solicitar la residencia bajo otras condiciones.

Para más información sobre la residencia permanente, por favor clic aquí.


Reunificación familiar

Un refugiado reconocido en Brasil tiene derecho a la reunificación familiar. Esto significa que si usted tiene familiares que viven en Brasil pueden solicitar la reunificación familiar y recibir el estatus de refugiado en Brasil sin pasar por las entrevistas.

Si sus familiares no están en Brasil, es posible solicitar asistencia al CONARE para informar al Consulado de Brasil en el país donde están sus familiares, que usted es un refugiado reconocido por el gobierno brasileño. Esto facilitará la expedición de una visa apropiada para su familia. Sin embargo, el gobierno brasileño no tiene ningún programa para financiar el traslado de familiares de refugiados a Brasil.
Según la ley brasileña, los miembros de la familia que tienen derecho a reunificación familiar son:

  • Cónyuge o pareja;
  • Antepasados;
  • Descendientes;
  • Otro miembro del grupo familiar que dependa económicamente del refugiado.

Para más información sobre la reunificación familiar, puede comunicarse con CONARE a través del siguiente correo electrónico: rfamiliar.conare@mj.gov.br. No olvide incluir su nombre completo, número RNE, nacionalidad y dirección en su correo electrónico. Explique la situación y enumere qué miembros de la familia están dispuestos a viajar a Brasil. El CONARE le responderá en un par de días con más instrucciones.

Para recibir más información sobre cómo traer a sus familiares a Brasil o en caso de necesitar más ayuda para los procedimientos de reunificación familiar, por favor refiérase a ACNUR o a uno de nuestros socios de la sociedad civil.

Es importante tener en cuenta que todos los gastos de viaje, tales como boletos aéreos, son de su responsabilidad. El gobierno brasileño no le ayudará con los costos financieros relacionados con la reunificación familiar.


Viajar al exterior

  • Como solicitante de refugio: Si es solicitante de refugio y tiene que viajar al extranjero, debe comunicar al CONARE sobre sus planes de viaje enviando un formulario específico a través de su protocolo electrónico. Un solicitante de refugio puede permanecer hasta 90 días fuera del país dentro de un año. Si se supera el límite de 90 días, se archivará su solicitud de refugio. Además, antes de regresar a Brasil, el solicitante deberá solicitar una nueva visa brasileña.
  • Como refugiado reconocido: Todos los refugiados reconocidos pueden viajar al extranjero sin una autorización oficial del CONARE, con excepción de tres casos:
    • cuando viajan a su país de origen;
    • cuando se encuentre en el extranjero por un período superior a 12 (doce) meses;
    • cuando utilice el pasaporte de su país de nacionalidad.

En estas situaciones, se requiere una autorización expresa del CONARE. La solicitud debe hacerse al menos 60 días antes de la fecha prevista del viaje. Si se enfrenta a una emergencia, debe comunicarse con CONARE y explicar las circunstancias especiales de su caso.

Para solicitar una autorización de viaje usted debe llenar este formulario y enviarlo al CONARE a través de su protocolo electrónico. Si compró su boleto sin saber que necesita una autorización de viaje, comuníquese con el CONARE lo antes posible.

Para más información sobre los procedimientos de autorización de viaje, consulte al ACNUR  o a uno de nuestros socios de la sociedad civil.


Pasaporte para Extranjeros

Según la ley brasileña, todo refugiado reconocido en Brasil puede solicitar un pasaporte (pasaporte brasileño para extranjeros). Aunque válido, este documento sirve como una autorización de viaje para que el refugiado salga del país.

Compruebe si necesita una visa. Tenga en cuenta que, aunque viajará con un documento brasileño, los requisitos de visado seguirán dependiendo de su nacionalidad de origen.

Para saber más, clic aquí.

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