Derechos de los solicitantes de la condición de refugiado y refugiados en el Ecuador:
No devolución / Non-refoulement
Los solicitantes y refugiados no podrán, en modo alguno (deportación, expulsión, extradición, etc.), ser devueltos a su país de origen ni a ningún territorio donde su vida, libertad o seguridad pueda verse amenazada. La protección contra la devolución incluye la prohibición de rechazar a una persona que desea solicitar protección como refugiado en frontera.
No sanción por ingreso o permanencia irregular
No se impondrán sanciones legales por causa del ingreso o permanencia irregular al territorio nacional. La situación migratoria irregular de un solicitante no obstaculizará su acceso al procedimiento de determinación de la condición de refugiado.
No expulsión
Los refugiados que se hallen regularmente en territorio ecuatoriano no podrán ser expulsados, a no ser por razones de seguridad nacional o de orden público. La expulsión del refugiado únicamente se efectuará, en tal caso, en virtud de una decisión tomada conforme a los procedimientos legales vigentes y asegurando al refugiado su derecho de defensa, así como tiempo suficiente para gestionar su admisión legal en otro país.
No discriminación
Los solicitantes y refugiados gozan de igualdad ante la ley y no podrán ser discriminados por su condición económica, social, cultural o de cualquier otra índole. No se le impondrán barreras, obstáculos o condiciones no previstas en la ley para acceder al procedimiento para la determinación de la condición de refugiado.
Residencia legal y documentación
Los solicitantes y refugiados tienen derecho a una residencia legal en el país y a que se les provea de una documentación individual que certifique su estatuto legal y categoría de residencia legal en el país. Los solicitantes de la condición de refugiado tienen derecho a una que les conceda una visa humanitaria cuando su solicitud haya sido admitida. Los refugiados reconocidos accederán a una residencia temporal en el país y a una cédula de identidad emitida por el Registro Civil.
Unidad familiar
El reconocimiento de la condición de refugiado se podrá aplicar por extensión a los miembros del grupo familiar del refugiado, incluyendo aquellas personas con quien el o la solicitante principal mantenga un vínculo afectivo, económico, social y cultural, pudiendo alcanzar hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad.
Confidencialidad
Se garantiza la confidencialidad de los datos personales y de la información que los solicitantes y refugiados hubieran suministrado en el marco del procedimiento de determinación de la condición de refugiado.
Asistencia legal
Los solicitantes y refugiados podrán contar con la asistencia legal de un defensor público o privado de su confianza, durante todas las instancias del procedimiento de determinación de la condición de refugiado.
Debido proceso
En todas las instancias del procedimiento de determinación de la condición de refugiado, solicitantes y refugiados tendrán derecho a ser entrevistados personalmente, y podrán presentar todas las pruebas y documentación que sustenten su caso. Los solicitantes y refugiados que no puedan expresarse o comprender el idioma español tienen derecho a que se les proporcione un intérprete cualificado e imparcial.
Educación
Los solicitantes, los refugiados y los miembros de su grupo familiar podrán inscribirse y acceder a la educación inicial, básica y bachillerato en establecimientos públicos/fiscales. Los solicitantes y los refugiados también pueden acceder a instituciones de educación superior, así como a participar en programas públicos de formación profesional y técnica.
Trabajo
Los solicitantes y refugiados tienen derecho a trabajar. Podrán ser contratadas o trabajar por su propia cuenta; su remuneración y condiciones laborales deberán ajustarse a la legislación vigente.
Salud
Los solicitantes de asilo y los refugiados, así como los miembros de su grupo familiar, tienen derecho a atención médica, incluyendo psicológica, y deben ser admitidos en todos los centros de salud y hospitales públicos del país.
Acceso a la justicia
Los solicitantes y refugiados tienen el derecho de acceder a la justicia y al debido proceso, mediante la representación y patrocinio de un abogado particular o gratuito.