El aniversario N° 50 de la Convención de 1951
La celebración de los cincuenta años de vigencia del tratado más importante para la protección de los refugiados - la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados- el 28 de julio del 2001, fue ensombrecida por críticas planteadas a algunas de sus disposiciones fundamentales, e incluso el abierto incumplimiento de ellas por parte de un número creciente de Estados.
La Convención, adoptada formalmente el 28 de julio de 1951, es la base del sistema legal internacional diseñado para proteger a las personas que se ven forzadas a huir de sus países por motivos de persecución o conflicto. Este sistema ha permitido salvar incontables vidas y garantizar una vía de escape para las personas amenazadas por encarcelamiento, tortura, ejecución y otros abusos a los derechos humanos, como consecuencia de sus creencias políticas o religiosas, o su pertenencia a un determinado grupo étnico o social.
La Convención proporciona una definición universal de a quién debe considerarse refugiado, definición que ha probado ser lo suficientemente flexible como para permitir la inclusión de nuevos tipos de refugiados a través de los años. La Convención también establece derechos básicos de los refugiados (por ejemplo, el derecho a la documentación, el acceso a los tribunales y a la educación) sin el cual sus vidas en los países de asilo serían precarias en el mejor de los casos, e insostenibles en el peor.
En los últimos meses esta trayectoria parece haberse olvidado; algunos sectores han cuestionado públicamente la vigencia de la Convención de 1951. Esto ha alarmado a los oficiales de las Naciones Unidas y a las agencias de ayuda involucradas con los refugiados, quienes consideran que esta presión obedece a intereses de la política internacional a expensas de la Convención y, por lo tanto, de los refugiados a quienes protege. Los motivos de estos ataques a la Convención parecen estar relacionados en primer lugar con el creciente número de solicitantes de asilo, el aumento de las redes de tráfico de personas, la percepción de que la mayoría de los solicitantes de asilo son “embusteros”, y los altos costos que representa el mantenimiento de los sistemas de asilo.
“Estas preocupaciones son comprensibles, pero la crítica a la Convención tiende a ignorar algunos factores relevantes” señaló el Alto Comisionado para los Refugiados, Ruud Lubbers. “En primer lugar, la principal razón de este aumento en las cifras, se debe a que en la década de los noventa hubo en Europa tres guerras importantes, además de otros conflictos alrededor del mundo. En segundo lugar, el punto central de la Convención es precisamente distinguir entre quienes necesitan de la protección internacional que la condición de refugiado otorga, y aquellos que no la requieren. Por lo tanto, se espera que una cierta proporción de solicitantes no alcance esta protección por no existir fundamentos para ello. Esto no significa que haya algún problema con la Convención. Todo lo contrario, en realidad”.
Erróneamente se acusa también a la Convención de ser la culpable del fracaso colectivo en el manejo de las altas cifras de migrantes económicos. “La Convención nunca fue concebida para solucionar todos los problemas mundiales de migración”, señaló Erika Feller, Directora de Protección Internacional del ACNUR. “El problema está en que al casi no existir alternativas que permitan la migración desde los países pobres a los ricos, se somete a la Convención a presiones que deberían ser resueltas por medio de otros mecanismos para regular las migraciones”.
En relación con los costos de gestión de los sistemas de asilo, Lubbers señaló que las elevadas cifras de solicitantes de asilo son sólo una parte de la historia. “Algunos Estados detienen a todos los solicitantes de asilo que ingresan al país sin la debida documentación”, agregó. “Esta es una manera extremadamente cara de proceder con los solicitantes de asilo, así como inhumana y, posiblemente, contraria al Artículo 31 de la Convención”. El Alto Comisionado también indicó que los sistemas de asilo en algunos países son deficientes, y a veces lleva muchos años tomar una decisión, “esto no sólo redunda en un aumento de los costos en términos de beneficios sociales, sino que también constituye un atractivo para los migrantes económicos, fomentando así un círculo vicioso de aumento de cifras, aumentos en los costos, aumento en el tiempo requerido para resolver”.
La tendencia más preocupante es el creciente número de Estados que violan el Artículo 33 de la Convención, que establece que “Ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre [...]”. “Esto, lo encuentro realmente censurable”, dijo Lubbers. “Si a los refugiados se les envía directamente al peligro -o se les impide dejar sus países en primer lugar- entonces todas las otras medidas diseñadas para protegerlos y asistirlos no cuentan para nada. Bajo el derecho internacional esto no debería suceder, e ignorar flagrantemente el derecho internacional es un peligroso sendero para transitar”.
Día Mundial del Refugiado
A partir del año 2001, con ocasión del quincuagésimo aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, la Asamblea General de Naciones Unidas designó el 20 de junio de cada año como el Día Mundial del Refugiado, en honor a los millones de personas que han sido desarraigadas en todo el mundo. El primer “Día Mundial del Refugiado” se celebró el 20 de junio del 2001, países en todo el mundo celebraron este día. Cabe reconocer que si bien algunos países llevan un tiempo celebrado un día del refugiado, esta fue la primera oportunidad en que la celebración tuvo un carácter internacional.
Consultas Globales sobre Protección Internacional
La Convención de 1951 ha estado sometida a un creciente escrutinio en los últimos años, incluso algunos oficiales gubernamentales cuestionan su validez en el contexto actual. En el año 2001 el ACNUR decidió prestar especial atención a este problema, analizando la importancia de la práctica en años recientes en términos del número de países involucrados y el número de personas afectadas, a través del proceso de las “Consultas Globales sobre Protección Internacional”, un proceso de diálogo entre el ACNUR, los gobiernos, las ONG y los expertos, centrado en cómo los Estados interpretan e implementan la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y el examen los problemas de protección que no quedan completamente resueltos en la Convención, a fin de dar una mejor protección a los refugiados.
Las Consultas Globales fueron diseñadas tomando en consideración tres ámbitos paralelos:
Primer ámbito: la Reunión Ministerial de los Estados Partes, busca fortalecer el compromiso de los Estados Partes de respetar la importancia fundamental, dentro del sistema internacional de protección de los refugiados, de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967, así como fomentar nuevas adhesiones a ambos instrumentos. La primera reunión formal de los Estados Partes de la Convención desde 1951, convocada por el ACNUR conjuntamente con el gobierno de Suiza, se realizó el 12 y 13 de diciembre del 2001.
Segundo ámbito: Mesas redondas de expertos. Las Consultas Globales también sirvieron de foro para hacer un balance de los progresos en el derecho de los refugiados y examinar una serie de asuntos emergentes. Esto se llevó a cabo por medio de discusiones de expertos sobre aspectos específicos en la interpretación de la Convención de 1951 y de su Protocolo de 1967.
Tercer ámbito: Formulación de políticas en el marco del Comité Ejecutivo. Este ámbito de las Consultas Globales se estructuró alrededor de una serie de temas de políticas de protección, incluidos los temas que no están contenidos plenamente en la Convención.
En el contexto del quincuagésimo aniversario de la Convención el proceso de las Consultas Globales ha constituido un foro muy importante para el ACNUR, a raíz del cual se está trabajando en una “Agenda para la Protección”, que establecerá las metas y acciones concretas para fortalecer la protección y servirá de guía para el ACNUR y de “inspiración” para los Estados, las ONG y otros socios en la protección en los años venideros.