Si la Comisión de Visas y Refugio rechaza tu solicitud de la condición de refugiado, tienes derecho a interponer un recurso de revocatoria en un plazo de tres días hábiles. El ACNUR mediante su agencia socia ACAI, podrá proporcionarte orientación y asesoría legal gra¬tuita sobre la presentación de los recursos de revocatoria y apelación. Debes tener presente que sólo se tienen tres días hábiles para elaborar y presentar el recurso, por ello es importante que te dirijas inmediatamente a ACAI lue¬go que hayas sido notificado sobre la resolución de denegatoria. Para esta asesoría idealmente debes presentar copia de la entrevista que te hicieron en el Subproceso cuando iniciaste el proceso. Si no la tienes, debes pedir una copia en el Subproceso de Refugio en el momento en que te notifiquen de la denegatoria.
Si recibes una segunda notificación de denegatoria por parte de la Comisión, el Subproceso de Refugio elevará tu apelación al Tribunal Administrativo Migratorio (TAM). En este caso puedes solicitar que se te ofrezca una audiencia oral ante el TAM para que analicen tu caso. Debes solicitar esta audiencia oral en el Subproceso de Refugio en el momento en que recibes la segunda denegatoria. El TAM dará una decisión definitiva de si eres reconocido o no como refugiado.
Si tu solicitud de la condición de refugiado es denegada de manera definitiva ante el TAM, deberás intentar regularizar tu estancia en el país por medio de otra categoría migratoria, o bien retornar de manera voluntaria a tu país de origen. Si no te regularizas puedes ser deportado.