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Reasentamiento
Una oportunidad para recomenzar
Los refugiados no siempre son capaces de retornar en condiciones de seguridad a sus hogares o de permanecer en el país en el cual encontraron protección. Hay situaciones en que el reasentamiento a un tercer país es la única solución duradera segura y viable para los refugiados. Gracias a la generosidad de los países de reasentamiento y la incansable labor de las organizaciones no gubernamentales, el reasentamiento se ha convertido en un elemento fundamental del sistema de protección internacional de los refugiados.
El reasentamiento consiste en la transferencia o reubicación de un refugiado del país donde buscó protección a un tercer país que ha aceptado admitirle. A los refugiados, por lo general, se les otorgará asilo u otra forma de residencia a largo plazo y en muchos casos tendrán la oportunidad de convertirse en ciudadanos naturalizados.
Con el propósito de que las personas se formen expectativas realistas sobre las posibilidades de reasentamiento, es importante considerar los siguientes aspectos:
- El reasentamiento es tan solo una de las tres soluciones duraderas que es posible lograr para los refugiados.
- En consideración a la cuota limitada que establecen los países de reasentamiento para recibir refugiados por año, el reasentamiento tiene carácter excepcional y se utiliza para casos muy específicos, siguiendo los criterios que han sido establecidos por los países y el ACNUR.
- El reasentamiento no es un derecho de los refugiados.
- El reasentamiento no es automático. El haber sido reconocido como refugiado en un determinado país, no significa necesariamente que exista una razón válida para iniciar el procedimiento de reasentamiento hacia un tercer país.
- El ACNUR no tiene la autoridad para reasentar a los refugiados. La decisión de aceptar a un refugiado para beneficiarse del reasentamiento es una decisión exclusiva y discrecional de los países de reasentamiento y no del ACNUR.
- Todos los documentos, información y servicios relativos al reasentamiento son GRATUITOS. Cualquier persona que ofrezca dichos servicios o documentos a cambio de dinero u otro favor comete fraude e infringe la ley, por lo cual debe ser denunciado ante las autoridades.
- El engaño o el fraude en los procesos de reasentamiento –a través de la presentación de documentos o testimonios falsos– puede constituir un delito sancionado por la ley. En consecuencia, el uso de información falsa o distorsionada podría ocasionar no sólo que se rechace la solicitud de reasentamiento del refugiado, sino que además se tomen las correspondientes medidas penales.