¿Quién es una persona refugiada?
Las personas refugiadas son aquellas que se han visto forzadas a huir de su país porque su vida, libertad o seguridad están en peligro. Ellas y ellos han sido víctimas de graves violaciones de sus derechos humanos, situaciones de conflicto armado o violencia.
De acuerdo a la Convención de 1951 sobre el Estatuto del Refugiado y la Ley nacional de Migración, una persona refugiada es quien debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad, ya que ahí no ha encontrado la protección requerida. El Gobierno costarricense es el responsable de determinar quién es reconocido como refugiado en el país.
¿Quién es un solicitante de asilo o solicitante de la condición de refugiado?
Una persona solicitante de la condición de refugiado (o solicitante de asilo) es aquella que pide a las autoridades del país donde llega ser reconocida como refugiada y se encuentra en espera de una respuesta mientras su caso es evaluado. Después de un debido proceso de análisis de su caso, el gobierno costarricense determinará si esta persona necesita y merece ser reconocida como refugiada.
Durante el período en que se es solicitante de la condición de refugiado, la persona puede permanecer de manera regular en Costa Rica.
¿Cuál es la diferencia entre una persona refugiada y una persona migrante económica?
Aunque cada vez más se confunde a los refugiados con otros migrantes, la diferencia es, en principio, bastante clara. Las personas refugiadas no deciden abandonar sus países, sino que son forzadas a hacerlo por el temor a la persecución. En contraste, otros migrantes gozan de la protección de sus países de origen pero deciden dejarlo por su propia voluntad, por ejemplo, para mejorar su situación económica o a causa de lazos familiares.
Normalmente, un migrante abandona su país voluntariamente, en busca de una vida mejor. Para un refugiado, las condiciones económicas del país de asilo son menos importantes que su seguridad. En la práctica, la distinción puede ser, en ocasiones, difícil de establecer, pero es fundamental: un migrante disfruta de la protección del gobierno de su país de origen, la persona refugiada no.
¿Si he sufrido violencia/persecución por ser lesbiana, gay o trans (LGBTI) puedo solicitar la condición de refugiado?
Sí. En Costa Rica toda persona que sufre persecución por motivo de su orientación sexual y/o identidad de género puede solicitar la condición de refugiado.
¿Dónde puedo solicitar la condición de refugiado?
Puedes solicitar la condición de refugiado en cualquier frontera de Costa Rica (terrestre o en el aeropuerto) o ante el Subproceso de Refugiados de la Dirección General de Migración y Extranjería.
¿Quién determina si eres reconocido como refugiado?
Las autoridades costarricenses, específicamente la Comisión de Visas y Refugio o el Tribunal Administrativo Migratorio.
¿Si me reconocen como refugiado también le darán esta condición a mi familia?
Las leyes costarricenses respetan el principio de unidad familiar y por esto si eres reconocido como refugiado toda tu familia nuclear también lo será, siempre que estén en el primer grado de consanguinidad o afinidad (hijos menores de edad, esposo o esposa, padres adultos mayores, entre otros).
¿Si soy solicitante de la condición de refugiado puedo viajar fuera del país?
No. Las personas solicitantes de la condición de refugiado no pueden viajar fuera de Costa Rica hasta que se determine su solicitud de asilo.
¿Las personas refugiadas pueden viajar fuera del país?
Sí. Las personas refugiadas pueden viajar, siempre y cuando no sea a su país de origen donde su vida está en riesgo. Para viajar debes tener tu pasaporte y documento de refugiado vigente, y debes cumplir con los requisitos de entrada de cada país.
¿Puedo viajar a mi país de origen?
No. Las personas refugiadas no pueden viajar a su país de origen. Si viajan sin contar con una previa autorización podrían perder su condición de refugiado.
¿Las personas refugiadas y solicitantes pueden trabajar en el país?
Sí. Las personas refugiadas tienen el pleno derecho a desarrollar cualquier tipo de trabajo en el país con un patrono o de manera dependiente. Las personas solicitantes pueden pedir un permiso de trabajo ante el Subproceso de Refugiados en la Oficina de Migración, si iniciaron el proceso de determinación de la condición de refugiado hace tres meses o más.
¿Qué es el ACNUR y cuál es su papel de apoyo a las personas refugiadas y solicitantes?
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) es la agencia especializada en la asistencia y protección de las personas refugiadas. En Costa Rica el ACNUR tiene oficinas en San José y presencia en la frontera sur en Ciudad Neily. Trabaja de junto con el gobierno costarricense ofreciendo asistencia técnica para velar por los derechos de las personas refugiadas, e implementa programas e iniciativas por medio de ONGs que son sus agencias socias implementadoras, como lo son ACAI y RET.