En Brasil, el mecanismo del refugio es regulado por la Ley 9.474 de 1997, que establece el procedimiento para la determinación, cesación y pérdida de la condición de refugiado, los derechos y deberes de los solicitantes de asilo y refugiados y las soluciones duraderas para aquella población. La Ley Brasileña de Refugio considera como refugiado todo individuo que deja su país de origen debido a fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política imputada, o debido a una situación de grave y generalizada violación de derechos humanos en su país de origen.
Una persona es considerada perseguida cuando sus derechos humanos hayan sido gravemente violados o estén en riesgo de serlo. Eso puede pasar, por ejemplo, cuando la vida, libertad o integridad física de la persona esté en serio riesgo en su país.
Todas las solicitudes de asilo en Brasil son analizadas por el Comité Nacional para los Refugiados (CONARE), organismo vinculado al Ministerio de la Justicia y compuesto por representantes del Ministerio de la Justicia, del Ministerio de las Relaciones Exteriores, del Ministerio del Trabajo, del Ministerio de la Salud, del Ministerio de la Educación, del Departamento de Policía Federal y de organizaciones de la sociedad civil dedicadas a actividades de asistencia, integración local y protección a los refugiados en Brasil. El ACNUR y la Defensoría Pública de la Unión tienen asiento en el CONARE con derecho a la voz, pero sin derecho al voto.