Después de colectar todas las informaciones presentadas por el solicitante de asilo, el pedido será analizado por miembros del CONARE, que decidirán si el extranjero deberá o no ser reconocido como refugiado. Después de la DECISIÓN del CONARE sobre su pedido de refugio, usted será comunicado de la decisión en las unidades de la Policía Federal y tiene el DERECHO A RECIBIR COPIA INTEGRAL DE LA DECISIÓN, para saber los motivos que llevaron el CONARE a aquella conclusión.
CASO SEA RECONOCIDA LA CONDICIÓN DE REFUGIADO
El solicitante de asilo que tuvo su condición de refugiado reconocida por Brasil tiene el derecho de permanecer en Brasil como refugiado y obtener el Registro Nacional de Extranjeros (RNE), documento de identidad de los extranjeros en Brasil. Es posible emitir y renovar el RNE por el sitio electrónico o en cualquier unidad de la Policía Federal. Además, el refugiado tendrá derecho a una Cartera de Trabajo definitiva y obtiene los mismos derechos de cualquier otro extranjero en situación regular en Brasil.
Atención: un refugiado reconocido por el CONARE solamente ostentará la condición de refugiado en territorio brasileño. Los otros países no están obligados a reconocer como refugiado a alguien que ya fue reconocido como tal en otra parte. Por lo tanto, si usted fue reconocido como refugiado en Brasil y quiere viajar a otro país, usted deberá solicitar autorización del CONARE y será tratado conforme la ley migratoria común del país para donde viajar.
CASO NO SEA RECONOCIDA LA CONDICIÓN DE REFUGIADO
Si su pedido de asilo fue negado, puede usted:
• Presentar un RECURSO PARA EL Ministro DE La JUSTICIA en el plazo de 15 DÍAS contados a partir del recibimiento de la notificación. El pedido de revisión de la decisión del CONARE debe ser fundamentado, o sea, debe indicar y explicar en detalles las razones por las cuales usted no está de acuerdo con la decisión y si el problema de la decisión está en la interpretación de los hechos o aplicación de las reglas al caso.
• Puede usted ser ASISTIDO POR UN ABOGADO de la Defensoría Pública de la Unión o de las organizaciones socias del ACNUR en el momento de hacer su RECURSO. Para tanto, deberá usted buscar una de estas organizaciones tan pronto cuanto reciba la notificación sobre la decisión, porque el recurso debe ser entregue a la Policía Federal en el plazo máximo de 15 días del recibimiento de la notificación;
• Caso la DECISIÓN DEL MINISTRO DE LA JUSTICIA también resulte negativa, significa que el proceso administrativo de refugio ha terminado y que usted estará sujeto a la ley de extranjeros vigente en Brasil. En este caso, debe usted buscar la Defensoría Pública de la Unión para obtener las orientaciones sobre las medidas adecuadas.
ES IMPORTANTE SABER QUE:
La tramitación de un pedido de reconocimiento de la condición de refugiado no impide la tramitación simultánea de un pedido de permanencia en el territorio brasileño al Ministerio de la Justicia, de acuerdo a los criterios previstos en la legislación nacional.
No existe un plazo para que el CONARE decida sobre su pedido de refugio. Sin embargo, es obligatorio que usted COMPAREZCA en la fecha determinada para su entrevista personal y preste todas las aclaraciones que le fueren solicitadas por el CONARE. Mantenga su dirección y contactos siempre actualizados en la Policía Federal y en el CONARE.