Procuraduría interviene en garantía de los derechos de 17 familias desplazadas
Fuente: República de Colombia - Procuraduría General de la Nación |

País: Colombia
Tema(s): Desplazamiento interno. Tipo de Documento: Comunicado de prensa
Bogotá, 27 de enero de 2009. Por acción de la Procuraduría General de la Nación, la Corte Constitucional ordenó al Incoder y al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la reubicación de 17 familias beneficiarias del predio La Colorada a un nuevo predio que tenga condiciones de habitabilidad, agua potable y posibilidades de establecer cultivos que les permitan obtener una subsistencia digna.
Tras la intervención del Ministerio Público en las diferentes instancias judiciales, el
Alto Tribunal concedió el amparo de los derechos fundamentales de los adjudicatarios del predio La Colorada, ubicado en la vereda La Parada en el municipio de Jerusalén (Cundinamarca), el terreno no reunía las condiciones mínimas para su habitabilidad y para su explotación agraria, pues no contaba con agua potable y su suelo estéril impedía el desarrollo de proyectos agrícolas.
Los hechos se generaron en junio del año 2005 cuando el INCODER adjudicó a 17 familias, beneficiarias del programa de Reforma Agraria, predio rural La Colorada para incentivar el desarrollo de proyectos productivos.
Las difíciles condiciones de este terreno, motivó a 8 de las 17 familias a interponer una acción de tutela que fue fallada en primera instancia por el Consejo Seccional de la Judicatura que tuteló los derechos de estas personas y ordenó su reubicación de manera provisional, máximo seis meses, a un predio que reuniera las condiciones necesarias para el desarrollo de un proyecto con éstas características.
En consecuencia, fueron reubicados mediante la resolución No 2870 del 28 de diciembre de 2006 en el predio Sandrana y Samaria, ubicado en el municipio de Buga y San Pedro (Valle) lugar en el cual se han suscitado varios problemas entre los que se destaca el hecho de que en este predio se ha generado una convivencia obligatoria entre desmovilizados y desplazados.
Frente a este acto administrativo la Procuraduría 27 Judicial Ambiental y Agraria solicitó ante el Incoder, la revocatoria directa, argumentando que no se había dado aplicación a los principios de seguridad, voluntariedad y dignidad en la redefinición de la reubicación de los accionantes, en la escogencia de su lugar de residencia y de las personas con las cuales debe convivir ni en el aludido proyecto productivo.
En la segunda instancia se revocó "la determinación de instancia y en su lugar denegó el amparo de los derechos fundamentales aducidos por los actores", señalando además que resultaba prudente optimizar el proyecto actual.
Posteriormente, la Corte Constitucional revocó los fallos de primera y segunda instancia y en su lugar concedió el amparo de los derechos aducidos por esta población.
Dentro de la actuación adelantada, la Procuraduría presentó un informe con fines disciplinarios contra los entonces servidores públicos de la Oficina de Enlace Territorial Nro. 7 por las irregularidades cometidas en la adquisición del predio La Colorada, hecho que generó un perjuicio grave al patrimonio público del Estado.
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